El Tribunal de Estrasburgo revisará la sentencia que condenó a España a indemnizar a una etarra

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido a trámite el recurso presentado por el gobierno español contra la sentencia que condenaba a España a excarcelar e indemnizar a la miembro de ETA Inés del Río por considerar que se vulneraron sus derechos al aplicarle la llamada doctrina Parot.

Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo
Sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo / Foto:echr

Inés del Río fue condenada a más de 3.200 años de cárcel por su participación en 23 asesinatos y otros 57 en grado de tentativa. El pasado julio, el Tribunal de Estrasburgo exigió la excarcelación de la etarra y condenó a España a indemnizarla con 30.000 euros, al entender que se había prolongado su condena de manera irregular al aplicarle la doctrina Parot, un criterio del Tribunal Supremo por el que las reducciones de condena se establecen sobre cada una de las penas impuestas y no sobre el total.

El gobierno decidió no excarcelar a la etarra hasta que la sentencia fuera firme y recurrió el fallo del tribunal europeo. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, señaló entonces que el criterio de Estrasburgo supondría poner en libertad a «los mayores terroristas y los más peligrosos delincuentes comunes que en estos momentos se encuentran cumpliendo sus condenas».

Ahora, los cinco magistrados que componen la sala de apelaciones del Tribunal de Garantías de Estrasburgo ha admitido a trámite el recurso de España para revisar la condena y emitir un nuevo fallo que puede ser coincidente con el anterior o no. En aquél, los jueces europeos consideraron que la doctrina Parot «vacía de contenido las reducciones de pena por trabajo a las personas condenadas bajo el antiguo código penal de 1973».