El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala el despido de un excura casado como profesor de religión

No hay violación de derechos humanos en el caso de José Antonio Fernández Martínez, un excura casado y con cinco hijos, a quien el obispado no renovó su contrato como profesor de religión en una escuela pública. El Tribunal de Estrasburgo viene a decir que el demandante tenía que ser consciente de las repercusiones de sus actos, aunque el magistrado español en la Corte, en un voto particular, afirma que su despido fue una violación del derecho al respeto a la vida privada y familiar.

Imagen de un vídeo sobre el Convenio europeo de DDHH
Imagen de un vídeo sobre el Convenio europeo de DDHH / Imagen: ECHR

José Antonio Fernández Martínez, que ahora tiene 75 años, se ordenó sacerdote en 1961 y pidió la dispensa del sacerdocio en 1984. Después se casó, pero eso no impidió que desde 1991 trabajara como profesor de religión con un contrato que cada año renovaba el obispo de Cartagena.

Una foto del exsacerdote en un acto del movimiento a favor del celibato opcional que apareció en el periódico La Verdad, de Murcia, dio publicidad al caso que, por otra parte, era bien conocido. Fue entonces cuando el obispado decidió no renovar su contrato para el curso 1997-1998 y justificó el despido porque «se había hecho pública y notoria su situación».

A partir de ahí, un largo camino de recursos. El Tribunal de Murcia sentenció que Fernández había sido discriminado por su estado civil y su pertenencia al movimiento. El Supremo apoyó la decisión del obispo de asegurar que los aspirantes al puesto lleven a cabo sus deberes con discreción. El Constitucional rechazó su demanda porque las razones del despido eran «puramente religiosas». Y así, hasta Estrasburgo.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sentencia en la misma línea y cree que los motivos por los que no se renovó su contrato «son de naturaleza estrictamente religiosa» y no se pronuncia sobre la proporcionalidad de la medida, «por exigencia de los principios de libertad religiosa y de neutralidad», pero estima que no ha habido violación del artículo 8 de la Convención europea de los derechos humanos, que trata sobre el respeto a la vida privada.El magistrado español en el Tribunal, el juez Saiz Arnaiz, ha presentado un voto particular a la sentencia porque considera que sí ha habido violación del citado artículo.

José Antonio Martínez, en declaraciones a la SER, ha manifestado su decepción sobre el fallo y su determinación a seguir adelante con su caso: «Yo voy a seguir batallando porque nadie puede demostrar que yo no era un buen profesor, ni tampoco nadie puede demostrar que yo he atacado en ningún momento a la Iglesia, mi compromiso cristiano tanto como sacerdote, como posteriormente como ex cura casado y padre de familia, se ha mantenido firme».