¿Quién decide qué en las elecciones europeas?

4,284,730 kilómetros cuadrados. 503.7 millones de habitantes. 400 millones de electores potenciales. 16,380 candidatos posibles. 953 listas electorales. 751 eurodiputados a elegir. 28 Estados miembros. Estas son las cifras que reflejan tan solo una parte de la complejidad que representan los comicios europeos que ya han comenzado.

Collage votantes UE
Collage votantes UE / Foto: PE

El 22 de mayo de 2014, a las 7:00 hrs., han abierto los colegios electorales en el Reino Unido, y media hora más tarde en los Países Bajos. Es el pistoletazo de salida para que los ciudadanos europeos acudan a la cita que tienen con las urnas.

Serán cuatro días de jornadas electorales que culminarán el día 25 de mayo, a las 23h, cuando cierren las casillas en Italia y esa misma noche se darán a conocer los resultados.

No hay vuelta atrás. Los líderes europeos contienen la respiración. Saben que los ciudadanos cobrarán caras las facturas de los elevados índices de desempleo y de las dolorosas medidas de austeridad avaladas por Bruselas.

La campaña electoral del Parlamento Europeo ha puesto en el centro al ciudadano. Los distintos candidatos a presidir la Comisión Europea también han insistido en ello y, sin embargo, aún quedan muchas dudas sobre los alcances que tendrá la decisión de los votantes europeos. El Tratado de Lisboa, que modifica el Tratado de la Unión Europea, ha otorgado mayores facultades al Parlamento Europeo, entre ellas, las de control político sobre el Poder Ejecutivo, que se materializan en los dispuesto por los artículos 14 y 17.7.

El nuevo artículo 14 del Tratado de la Unión Europea no deja duda. El Parlamento Europeo elegirá al Presidente de la Comisión. El artículo 17.7 del mismo Tratado, por su parte, precisa que teniendo en cuenta las elecciones al Parlamento Europeo el Consejo Europeo propondrá un candidato al cargo de Presidente de la Comisión Europea, que el Parlamento habrá de elegir por mayoría.

Por lo tanto, en estricto sentido, quien tiene la atribución de proponer al Presidente de la Comisión es el Consejo Europeo, donde están representados los 28 jefes de Estado y de Gobierno. Sin embargo, será finalmente la Eurocámara la que ratifique la propuesta.

El andamiaje institucional del bloque comunitario no funciona necesariamente como una democracia parlamentaria, donde son los electores los que eligen a sus representantes para que formen gobierno. Como señala Jean-Louis Quermonne, la Unión Europea contiene distintos componentes de «un modo de gobierno específico, cuya complejidad a veces desafía a la razón».

Es cierto que el Parlamento Europeo es la institución más democrática, donde sus miembros son elegidos por sufragio universal, directo, libre y secreto. También lo es que con el paso del tiempo la Eurocámara ha conseguido una mayor presencia en la toma de decisiones y se han robustecido sus funciones de control parlamentario. Sin embargo, su atribución en el caso de la elección del Presidente de la Comisión es meramente consultiva.

Los distintos grupos políticos de la Eurocámara han propuesto a 5 candidatos a presidir la Comisión Europea, donde Jean- Claude Juncker, por los demócrata-cristianos, y Martin Schulz, por los socialistas, serían los únicos con posibilidades reales. Sin embargo, estas propuestas carecen de carácter vinculante. Se ha dicho que el Consejo Europeo podrá optar por otros candidatos, e incluso, que puede tratarse de una decisión que se anunciará de último momento, donde figuran nombres como el de Christine Lagarde, presidenta del Fondo Monetario Internacional; Jyrki Katainen, actual primer ministro de Finlandia, o Helle Thorning-Schmidt, primer ministra danesa .

En el caso de tomar en cuenta las propuestas de la Eurocámara, el factor Merkel será determinante. La canciller alemana ha ofrecido su apoyo a Jean-Claude Juncker, de su misma familia política. El socialista Martin Schulz tiene a su favor el haber sido parte del equipo negociador para consolidar la coalición alemana que mantiene a Merkel en su actual mandato. Se podría pensar, incluso, en un equilibro. Uno de ellos para presidir la Comisión Europea y otro para encabezar el Consejo Europeo.

Habrá que considerar que más allá de lo estrictamente jurídico, la Unión Europea se halla ante un momento coyuntural que obliga a la congruencia política. El fallido Tratado constitucional tenía la pretensión de acercar Europa a los ciudadanos y ahí están los resultados. El Tratado de Lisboa ha apostado también por más transparencia, por una mejor definición de las atribuciones y por el equilibrio de poderes. En un momento en el descontento ciudadano es más elevado que nunca, en que se espera una abrumadora abstención y el ascenso de fuerzas antieuropeas en el Parlamento Europeo, resulta pertinente, además de mantener la estabilidad, dar señales inequívocas de legitimidad.

* Luis Huacuja es Consultor e Investigador en Unión Europea, Derecho Comunitario Europeo y relación UE-México. Responsable del Programa de Estudios sobre la UE-U.N.A.M., México