Ryanair obligada a dar asistencia en vuelos cancelados

Las aerolíneas deben prestar asistencia a los pasajeros cuyo vuelo haya sido cancelado por circunstancias extraordinarias, incluido el cierre por la erupción de un volcán. Es la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que obliga a la compañía irlandesa de bajo coste Ryanair a indemnizar a la pasajera de un vuelo cancelado por la erupción del volcán islandés Eyjafjalljökull en abril de 2010. Ryanair amenaza con subir las tarifas.

Avión de Ryanair en el aeropuerto
Avión de Ryanair en el aeropuerto / Foto: eXp

Las aerolíneas deben prestar asistencia a los pasajeros cuyo vuelo haya sido cancelado por circunstancias extraordinarias, incluido el cierre por la erupción de un volcán. Es la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que obliga a la compañía irlandesa de bajo coste Ryanair a indemnizar a la pasajera de un vuelo cancelado por la erupción del volcán islandés Eyjafjalljökull en abril de 2010 hasta cubrir los costes de alojamiento y comida. Ryanair amenaza con subir las tarifas.

La sentencia destaca que la normativa europea no prevé además ningún tipo de limitación económica ni temporal para esta compensación. El alto Tribunal establece que el transportista aéreo debe porporcionar gratuitamente, teniendo en cuenta el tiempo de espera, refrescos, comida y, llegado el caso, un alojamiento en un hotel, un transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento y medios de comunicación con terceros.

El 17 de abril de 2010, la irlandesa Denise McDonagh ,tenía billete para el viaje Faro-Dublín de Ryanair que fue cancelado por la erupción del volcán islandés. La pasajera en cuestión no pudo volver a Irlanda hasta el 24 de abril. Durante ese tiempo Ryanair no le prestó ninguna asistencia, por lo que pidió una indemnización de 1.130 euros que correspondería a gastos de comida, bebida y alojamiento.

En la sentencia se resalta que «de este modo, todas las obligaciones de asistencia a los pasajeros afectados por cancelaciones de vuelos recaen íntegramente en el transportista aéreo durante todo el período en que tales pasajeros deban esperar un transporte alternativo».

El Tribunal de Justicia aclara en primer lugar, que acontecimientos como el cierre de una parte del espacio aéreo europeo, a raíz de la erupción del volcán Eyjafjallajökull, constituyen «circunstancias extraordinarias, que no exoneran a los transportistas aéreos de su obligación de asistencia». La corte de justicia equipara las responsabilidades en caso de «circunstancia ordinarias» o «extraordinarias».

Finalmente, señala que la importancia del objetivo de proteger a los pasajeros «puede justificar consecuencias económicas negativas, incluso considerables, para determinados operadores».

Ryanair ha dicho que lamenta la decisión porque ahora «permite a los pasajeros reclamar por retrasos en los vuelos que están claramente y sin ambigüedad, fuera del control de la compañía aérea. Para los rsponsables de la aerolínea, convierte a estas compañías en 'asegurador de último recurso «lo que provocará un aumento en el costo de los vuelos a los consumidores.

En un comunicado Ryanair señala que esta decisión «aumentará materialmente el costo de volar a través de Europa y aumentará las tarifas a medida que las compañías aéreas esten obligadas a recuperar el costo de estas demandas de sus clientes, ya que la normativa europea , no nos permite recuperar esos costes de los gobiernos o sindicatos que son responsables de más del 95% de los retrasos de vuelo en Europa».