La dación en pago será una realidad

España tendrá dos años para aplicar la futura ley europea de hipotecas en la que se contempla la dación en pago. Los Estados miembros no podrán prohibir que se establezca pero será voluntaria y dependerá de que el comprador y el banco lleguen a un acuerdo. Los eurodiputados han aprobado una serie de enmiendas a la futura ley hipotecaria de la UE que protege mejor al consumidor.

Edificios medio abandonados
Casas a medio construir en Seseña, TOledo (España)/ Foto: PE

La comisión de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo ha aprobado este martes una serie de enmiendas que permitirán a los compradores de una vivienda que estén mejor informados sobre los costes, las consecuencias de asumir una hipoteca y más protegidos en caso de no poder pagarla.

La hipoteca se podrá cancelar dando la casa como pago, lo que se entiende por dación en pago. Serán el cliente y el banco los que lleguen al acuerdo y los Estados miembros no podrán oponerse a ese trato.

El texto tiene que ser aprobado todavía por el Pleno del Parlamento Europeo y por los Estados miembros. Una vez validado será la primera directiva europea que regule los contratos hipotecarios y los países tendrán dos años para incorporarla a su legislación.

El socialista español Antolín Sánchez Presedo ha sido el encargado de negociar la directiva europea por parte del Europarlamento con el Consejo. El eurodiputado considera «un éxito el acuerdo alcanzado, que contribuirá a reactivar la economía en muchos Estados miembros y evitará que se vuelva a producir una crisis derivada de los riesgos creados por la irresponsabilidad en el mercado hipotecario».

Recalca que es necesario evitar «la exclusión social» de los ciudadanos y resolver el problema de las hipotecas con justicia y equidad. El acuerdo conseguido por Sánchez Presedo este lunes a última hora mejora en varios puntos la propuesta que había hecho la Comisión Europea:

El comprador deberá tener un periodo obligatorio de reflexión de 7 días antes de firmar un contrato hipotecario u otros siete días después de firmarlo durante los que podrá volverse atrás de su decisión. Los Estados miembros serán los que definirán estos términos.

Los bancos no podrán condicionar los créditos a la compra de seguros o de otros productos financieros de un determinado proveedor.

El comprador podrá cancelar el préstamo antes de tiempo. La entidad bancaria podrá percibir una compensación justa por los costes de esa cancelación, pero no podrá imponer multas adicionales para desanimar al cliente.

En caso de demoras o desahucios, la ley exigirá una tolerancia razonable antes de que se ejecuten. Limitará los cargos por impago, impedirá a los Estados miembros que se opongan a la dación en pago que podrán acordar las partes. Será obligatorio que se busque el mejor precio por la venta de la propiedad en caso de ejecución y exigirá a los Estados miembros que adopten medidas para proteger a los consumidores facilitándoles el pago y evitando el sobreendeudamiento a largo plazo.

Para evitar y frenar préstamos irresponsables, las entidades que ofrezcan hipotecas deberán estar autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales que deberán asegurarse de que cumplan todos los requisitos.

Se reforzarán los criterios para evaluar la solvencia del comprador, frenando la concesión de hipotecas a personas que no van a poder pagarlas. Los términos del contrato deben tener en cuenta la actual situación financiera del comprador, sus perspectivas futuras y posibles dificultades.