La justicia europea avala la exclusión de los homosexuales en la donación de sangre

La justicia europea ha hecho pública una polémica sentencia que denota la fina línea que separa la discriminación de la legalidad. El tribunal de Estrasburgo dictamina que un hombre puede ser excluido permanentemente de la donación de sangre si ha mantenido relaciones íntimas con una persona del mismo sexo. La decisión está condicionada a que se pueda demostrar riesgo elevado de contraer enfermedades como el virus del VIH, y si hay técnicas que garanticen la protección de los receptores.

Una enfermera preparando la bandeja para hacer una extracción
Los Estados miembros deberán decidir si un homosexual puede ser donante

La justicia europea ha hecho pública hoy una polémica sentencia que denota la fina línea que separa la discriminación con la legalidad. El tribunal de Estrasburgo dictamina que un hombre puede ser excluido permanentemente de la donación de sangre si ha mantenido relaciones íntimas con una persona del mismo sexo. La decisión está condicionada a que se demuestre que la persona está expuesta a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves, como el virus del VIH, y si no existen técnicas de detección precisas para garantizar un alto nivel de protección para los receptores.

Un 29 de abril de ahora hace seis años, el ciudadano francés, Geoffrey Léger, intentó donar sangre en la localidad francesa de Metz, al nordeste del país. El médico encargado de la extracción, sin embargo, lo rechazó porque el donante había admitido haber mantenido relaciones sexuales con otros hombres. Ante la situación, Léger interpuso una demanda al considerar que había recibido un trato discriminatorio. El juzgado encargado del caso tuvo dudas sobre una ley europea que dictamina que las personas con una conducta sexual de alto riesgo están excluidas para donar, y por ello solicitó ayuda legal al Tribunal de Justicia de la UE.

La sentencia declara que el juzgado galo encargado del caso deberá determinar si en Francia se considera que un hombre que ha mantenido relaciones íntimas con otro hombre está expuesto a un alto riesgo de contraer una enfermedad infecciosa grave. El auto dice que el país deberá tener en cuenta la situación epidemiológica del colectivo homosexual en Francia. Pero subraya que, según los datos a su alcance, entre el periodo de 2003 a 2008, casi la totalidad de las contaminaciones por VIH fueron a causa de una relación sexual sin protección y la mitad de los contagios afectaron a homosexuales, en un porcentaje 200 veces superior al de la población heterosexual francesa.

La justicia europea admite que la decisión puede ser discriminatoria por razones de orientación sexual por lo que pide al tribunal francés que verifique si las pruebas de detección del VIH siguen los procedimientos científicos y técnicos más recientes. De este modo, en la práctica, cada tribunal nacional deberá decidir si la sanidad del país utiliza las técnicas de detección adecuadas para mantener la seguridad de los receptores de sangre. Asimismo, abre la posibilidad de incluir un cuestionario y entrevista personal a cargo de profesionales sanitarios para identificar con precisión conductas sexuales de riesgo, antes de descartar de forma permanente a todos los hombres sólo por su orientación sexual.